miércoles, 20 de julio de 2011

Adiós a las Lámparas Incandescentes. Ley 26.473.

 
En el marco de los esfuerzos de distintos países por reducir el consumo de energía eléctrica, el gobierno de Argentina ha dispuesto la prohibición de las lámparas incandescentes para el uso residencial.-
Esta importante medida ha llegado a Argentina mediante  la Ley 26.473 PROHIBICION DE IMPORTACION Y COMERCIALIZACION DE LAMPARAS INCANDESCENTES.-
Cada lámpara incandescente que se reemplaza por una de lámpara de bajo consumo reporta un 80% de ahorro de electricidad. Su tiempo de amortización suele ser de unos dos años. Eso sí, deben usarse en habitaciones cálidas, ya que su rendimiento baja mucho con el frío (por lo que no son válidas para exteriores).-
El gobierno estima que se ahorrará el equivalente a la producción de cuatro plantas atómicas como la de Atucha I.-
Estos son algunos de los puntos más relevantes de la Ley de prohibición de las lámparas incandescentes:
1) Se prohíbe la comercialización e importación de lámparas incandescentes de uso residencial.
2) Se pueden utilizar las lámparas incandescentes con potencia igual o menor a veinticinco vatios (25 W). Asimismo queda fuera de la prohibición las bombilla cuya tensión nominal sea igual o menor a cincuenta voltios (50 V).
3) Esta ley comenzó a regir a partir del 31 de mayo de 2011.-

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