martes, 16 de agosto de 2011

SELLADOS CONTRACTUALES

La falta del pago del Impuesto de Sellos en documentos y contratos (BOLETO DE COMPRAVENTA, CONTRATO DE LOCACION, ETC.) no puede ser motivo de un obstáculo fiscal para la iniciación o prosecución de causas judiciales, "dado que el Poder Administrador tiene suficientes medios propios y rápidos (el apremio fiscal), para perseguir el cobro de sus acreencias".-

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